Un proyecto de ley limitaría el uso de cannabis medicinal para los conductores en Puerto Rico.
El senador Gregorio Matías-Rosario, del Partido Nuevo Progresista, presentó el proyecto de ley 896 del Senado, una legislación que busca aclarar y ampliar las excepciones a las protecciones laborales previstas en la Ley de Cannabis Medicinal de Puerto Rico para los trabajadores que desempeñan labores de transporte sensibles en materia de seguridad.
La medida propone modificar el artículo 24 de la Ley 42-2017 —titulada oficialmente Ley para regular el estudio, el desarrollo y la investigación del cannabis con fines de innovación, normas y límites aplicables— con el fin de permitir explícitamente a los empleadores del sector del transporte imponer normas de tolerancia cero sobre el consumo de cannabis medicinal para determinados puestos de trabajo.
Según el proyecto de ley, la enmienda añadiría un nuevo subpárrafo en el que se enumerarían las tareas de transporte sensibles en materia de seguridad y se revisaría el lenguaje interpretativo de la ley para reflejar la ampliación de la excepción.
En la exposición de motivos, Matías-Rosario argumenta que, si bien la Ley Medicinal reconoce el derecho de los pacientes a consumir cannabis medicinal y, en general, prohíbe la discriminación laboral basada únicamente en dicho consumo, la ley ya permite excepciones cuando el consumo supone un riesgo real para las personas o los bienes.
El senador sostiene que las profesiones relacionadas con el transporte —incluidos los servicios públicos y privados de transporte de pasajeros, el transporte de mercancías y la respuesta a emergencias— requieren una atención constante, coordinación motora y tiempos de reacción rápidos. Argumenta que esas funciones pueden verse afectadas por el consumo de cannabis, incluso fuera del horario laboral, debido a la persistencia de los metabolitos del THC en el organismo.
El proyecto de ley cita a autoridades internacionales y federales en apoyo de la propuesta. Según el Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías, el THC puede afectar de forma aguda y crónica a las “funciones cognitivas y psicomotoras” fundamentales para la conducción, como el tiempo de reacción, el equilibrio, el procesamiento visual y el control de los impulsos.
A nivel federal, la medida señala que organismos como la Administración Federal de Seguridad de Autotransportes, la Administración Federal de Aviación y la Administración de Seguridad de Tuberías y Materiales Peligrosos prohíben o limitan estrictamente el consumo de cannabis a los empleados que desempeñan funciones sensibles en materia de seguridad, independientemente de la legalización a nivel estatal.
“Estas normas federales demuestran que, en sectores en los que la seguridad es primordial, prohibir el consumo de cannabis es una medida justificada y necesaria”, afirma el proyecto de ley, añadiendo que Puerto Rico debería armonizar su marco local con los requisitos federales para evitar poner en peligro a los pasajeros, peatones y demás usuarios de la vía pública.
Según el proyecto de ley 896 del Senado, los empleadores no estarían obligados a ampliar las protecciones laborales de la Ley Medicinal a los pacientes registrados que desempeñen o deseen desempeñar funciones de transporte sensibles en materia de seguridad. El proyecto de ley enumera específicamente a los conductores de camiones y vehículos pesados, los conductores de autobuses escolares, los taxistas y los conductores que prestan servicios de transporte a través de plataformas digitales o aplicaciones móviles.
La propuesta sostiene además que las prohibiciones de tráfico existentes —como las que prohíben la conducción o el control físico de un vehículo motorizado bajo los efectos del alcohol— son insuficientes, ya que no impiden que los usuarios autorizados de cannabis medicinal conduzcan vehículos en funciones de transporte. El proyecto de ley afirma que la enmienda proporcionaría a los empleadores una autoridad más clara para imponer restricciones preventivas en determinados puestos de trabajo.
Aunque se hace hincapié en el apoyo continuo a los derechos de los pacientes que consumen cannabis medicinal en el ámbito laboral, la legislación sostiene que esas protecciones no deben prevalecer sobre las consideraciones de seguridad pública en las profesiones de alto riesgo.


