Escriba para buscar

Buscar Noticias es mi negocio

Opiniones empresariales

Artículo de opinión: ¿Qué debe saber si se muda a Puerto Rico o desde Puerto Rico?

Si durante el año fiscal 2020 se mudó a Puerto Rico o se mudó fuera de Puerto Rico, debe saber que hay varios factores que determinan si la mudanza implicará que se convertirá en residente o si dejará de ser residente de Puerto Rico a efectos fiscales.

La definición de residencia en las leyes fiscales de Puerto Rico es muy concisa y dice lo siguiente: “El término persona física residente se refiere a una persona física que tiene su domicilio en Puerto Rico. Se considerará que una persona física es residente de Puerto Rico si ha estado presente en Puerto Rico durante un periodo de 183 días durante el año natural”.”

Residencia y domicilio, aunque estos términos tienden a utilizarse como sinónimos, no lo son. El término residencia podría referirse al lugar donde vivimos en un momento determinado. El domicilio implica no solo estar físicamente en un lugar, sino también la intención de residir allí de forma indefinida. 

Cada jurisdicción tiene su propia definición de residencia y no todas relacionan esa definición con el domicilio. Dependiendo de las leyes fiscales de cada jurisdicción, podríamos tener personas que se consideren residentes de más de una jurisdicción. El domicilio es solo uno.

Limitaremos nuestro análisis a las implicaciones de la legislación de Puerto Rico. Sin embargo, si se mudó a Puerto Rico desde un estado de los Estados Unidos, o desde Puerto Rico a un estado de los Estados Unidos, también podría haber implicaciones fiscales a nivel federal y estatal.

Dado que la legislación de Puerto Rico exige que usted tenga su domicilio en Puerto Rico para ser considerado residente de Puerto Rico, es necesario analizar los hechos y circunstancias de cada caso. Si la intención con respecto a la duración de su estancia en Puerto Rico es temporal y cumple otros criterios, incluso cuando haya estado en Puerto Rico durante 183 días o más, no se le considerará residente de Puerto Rico.

Si sale de Puerto Rico por un tiempo con la intención de regresar y seguir viviendo en Puerto Rico, seguirá siendo residente de Puerto Rico incluso durante el tiempo que pase fuera de la isla.

Las personas físicas no residentes en Puerto Rico solo tributarán por los ingresos procedentes de fuentes puertorriqueñas. Si usted era residente de otro país y durante el año fiscal se mudó a Puerto Rico, deberá declarar en Puerto Rico todos los ingresos percibidos desde la fecha de la mudanza hasta el final del año fiscal, así como cualquier ingreso procedente de fuentes puertorriqueñas mientras no residía en Puerto Rico. 

Si se mudó de Puerto Rico a otro país, se le aplicarán impuestos en Puerto Rico por todos los ingresos recibidos hasta la fecha en que cambió su residencia a otro país, así como por cualquier ingreso procedente de fuentes de Puerto Rico después de su mudanza.

La autora Lina Morales es contadora pública certificada.

Puede haber ingresos que, por su naturaleza, deban declararse en más de una jurisdicción. La ley establece un mecanismo para evitar la doble imposición. Es importante comprender las normas sobre el origen de los ingresos para declarar correctamente los ingresos en cada jurisdicción y solicitar el crédito correspondiente. Además, las deducciones a las que tendrá derecho varían en función de su situación de residencia y de los ingresos declarados en cada jurisdicción.

Un caso que ejemplifica un traslado a Puerto Rico sin cambio de residencia es el de los empleados que vienen temporalmente a Puerto Rico para trabajar en un proyecto concreto. El carácter temporal de estos trabajos no justifica un cambio de residencia. Aunque el período se prolongue durante años, no habrá cambio de residencia a menos que la persona tenga la intención de permanecer de manera indefinida o permanente en Puerto Rico.

Por lo tanto, estas personas solo tributan por los ingresos generados en Puerto Rico, que en la mayoría de los casos corresponden a salarios percibidos o pagos recibidos por servicios profesionales.

El número de declaraciones de impuestos y la forma en que se le gravará dependerán de cada jurisdicción o país y varían según cada caso, por lo que es recomendable consultar a su contador público certificado o asesor fiscal de confianza, quien podrá orientarle adecuadamente. También puede acceder a lo siguiente: sitio web Para obtener más información.

Detalles del autor
Detalles del autor
Esta historia fue escrita por nuestro personal basándose en un comunicado de prensa.
Etiquetas:

También te puede interesar

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *.

¡Oh, oh! Parece que estás usando un bloqueador de anuncios.

Nuestro sitio web depende de los anuncios para ofrecer contenido gratuito y mantener nuestras operaciones. Al desactivar su bloqueador de anuncios, nos ayuda a seguir ofreciendo contenido valioso sin ningún costo para usted.

Agradecemos sinceramente su comprensión y apoyo. Gracias por considerar desactivar su bloqueador de anuncios para este sitio web.